Local, Noticias — 10 abril, 2017

Caso Country Club: Justicia vuelve absolver a Zingg Pinillos y Gustavo Rosell

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Juez Homero Mirabal considera que no cometieron delito de usurpación en agravio de Armando Loli.

Cajamarca. – Gustavo Alejandro Rosell Cacho y Augusto Luis Zingg Pinillos volvieron a ser absueltos de los cargos imputados por el presunto delito de usurpación en agravio en agravio del Country Club Cajamarca SAC, representada por Armando Enrique Loli Salomón.

El fallo fue dictado hoy por el Juez del segundo Juzgado penal, Homero Mirabal, luego de que hace dos años atrás el juez German Merino Vigo, tuviera similar decisión en el caso de Usurpación por Despojo (Abuso de Confianza) librado por las mismas partes judiciales protagonistas de la disputa del mejor derecho en el mencionado club.

En aquella oportunidad la decisión absolutoria fue anulada y en el nuevo juicio fue asignado al juez Homero Mirabal quien hoy volvió a pronunciarse por la absolución de los acusados.

En aquella oportunidad el juez Merino consideró que hechos atribuidos por el Ministerio Público a Gustavo Alejandro Rosell Cacho y a Augusto Luis Zingg Pinillos, consistentes en haber resuelto el contrato de usufructo celebrado con el Country Club Cajamarca SAC, sin que medie la participación del Gerente General Armando Loli Salomón y sin la celebración de una Junta de Accionistas previa, resultaban atípicos y por lo tanto no eran reprimibles penalmente.

Similar decisión habría adoptado el juez Homero Mirabal en el entendido que se trata de un asunto que tiene que ver más en la esfera civil que penal.

El ciudadano Zingg Pinillos en todo momento se ha defendido señalando que su legítima acción se circunscribió a recuperar el uso y disfrute de su propiedad, que en su fuero interno consideraba era usada irregularmente por la cuestionada sociedad.

Para el caso de Rosell Cacho, se demostró que nunca llegó a ocupar el inmueble, limitándose a entregarlo mediante notario público a su propietario Zingg Pinillos, y ante la inminencia de que dicha persona inicie acciones legales en su contra.

La justicia habría determinado que se trata de una conducta atípica para sanción penal alguna, ya que ambos acusados siendo accionistas del Country Club Cajamarca se encontraban facultados a ingresar y usar el inmueble denominado Shultincito.

 


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