El alcalde provincial de San Pablo, Alfonso Romero Moza, salió a responder a denuncias malintencionadas.
San Pablo.- Ante denuncias vertidas en diferentes medios de comunicación sobre el hecho de estar coludidos con alguna empresa para otorgarles la ejecución de la obra Mejoramiento del puesto de salud de Callancas, elalcalde provincial de San Pablo, dijo que su deber es dar la cara, para explicar lo que viene sucediendo.
Indicó que el proyecto Mejoramiento del puesto de salud Callancas, estuvo a cargo de la elaboración de los estudios técnicos el fenecido programa Reconstrucción con Cambios (RRCC), desde el año 2017.
Para tal efecto desde el inicio de su gestión, en compañía del gerente municipal, han luchado para que, antes de la desactivación de la Autoridad para la reconstrucción con cambios, donde estaba este estudio, no se quede inactivo y sin financiamiento. Por eso con fecha 08 de septiembre de 2023, la empresa formuladora culmina el estudio técnico a insistencia de la autoridad edil.
Por eso con fecha 08 de septiembre de 2023 la empresa formuladora culmina el estudio técnico a insistencia de la autoridad, acción que se esperaba por 5 años sin ningún resultado.
«Fruto de esta ardua labor, se logró que el Proyecto de mejoramiento del puesto de salud Callancas se lograra finalizar por el consultor contratado y, finalmente, antes de que el programa de RRCC desaparezca, nos logren transferir el estudio el día 24 de octubre de 2023 para actualizarlo y finalmente, buscar su financiamiento, como se logró en la ley 32103 ley de créditos suplementarios del mes de julio del año 2024», indicó.
Como había transcurrido cerca de 9 meses, desde que les entregaron los estudios y se hizo la última actualización a través del RRCC y PRONIS, en el mes de octubre del 2023, correspondía ordenar al Área Técnica de la Municipalidad Provincial de San Pablo, la actualización del mismo, así como generarle su código INVIERTE, antes de su Convocatoria a la primera licitación pública año 2024.
PRIMERA LICITACIÓN
El 11 de octubre del 2024, una vez realizados todos los procesos que manda la ley, se convocó a la primera licitación pública, la cual fue declarada nula debido a que fue observada por la OCI órgano de control interno por no contar con una firma en la promesa del consorcio que había ganado.
SEGUNDA LICITACIÓN
En los meses de diciembre del 2024 y enero del 2025, se tuvieron que hacer los actos preparatorios para Convocar a la segunda licitación pública del mejoramiento del puesto de salud Callancas, por la suma de S/ 10,472,447.97 soles, teniendo una dificultad en el camino con la ausencia de un miembro titular que había integrado el comité de selección en la primera convocatoria, y esto se debía a que renunció a la entidad para participar en el Proceso de selección para ocupar una de las plazas laborales como Subgerente de obras, debido a que deseaba continuar laborando en esta dependencia. Tras calificar positivamente, en el mes de febrero de 2025 reingresó a laborar a la municipalidad, cuando el proceso de Licitación ya estaba en curso.
«Ante los descrito en el párrafo anterior, basándonos en la Ley de contrataciones del estado vigente 30225E y su reglamento, se ordenó a la oficina de logística de la municipalidad que busque en el sistema de consultores del SEACE la contratación de dos expertos en contrataciones con el estado, previo análisis de sus currículum, experiencia y sus antecedentes, para que integren el Comité de Selección más el Gerente de Obras de ese momento. Acción que se realizó y se procedió a ejecutar», manifestó.
Cabe indicar que antes de la Segunda convocatoria a la licitación pública del mejoramiento del puesto de salud Callancas, se logró en la primera convocatoria otorgar la buena pro y firmar contrato con el consorcio ganador de la supervisión de este proyecto por la suma de S/ 811, 874.00 soles, el mismo que esta presto y esperando la buena pro al ganador para que inicie su trabajo.
La segunda convocatoria se inició el 05 de febrero del 2025 cumpliendo un cronograma y previas coordinaciones del Comité de selección designado, se debió haber entregado la Buena pro o pronunciarse sobre que actos continuar, sin que haya habido respuesta formal, encontrando, al parecer de la municipalidad discrepancias y distanciamiento entre los tres miembros integrantes, cuando lo que hubiera primado debería ser el interés superior del pueblo y de la gestión municipal, debiendo tomar una decisión unánime en cualquier sentido, orientado bajo la ley.
Con respecto al Vencimiento de los contratos de los dos miembros del comité de selección, hemos podido verificar que la tarea municipal por las cuales se contrató fue llevar todo el proceso de selección hasta la entrega de la buena pro del proyecto Mejoramiento del puesto de salud de Callanca, Siendo que las fechas tienen un plazo, pero el objetivo principal de esta contratación era que se llegue a un buen puerto, sabiendo que en las licitaciones públicas, a pesar del cronograma que existe siempre hay traspiés o prolongaciones por muchos factores.
AMPLIACIÓN DE CONTRATO
Estamos analizando si el requerimiento de ampliación de sus contratos solicitados por los expertos en contrataciones, se basa a las directivas internas, o si están sujetos a lo que dice la ley N° 27444 – Ley de Procedimientos Administrativos en su art. 134:. Inc. 134.1 y 134.2, que habla sobre como debe actuar las instituciones ante los administrados cuando algún trámite o contrato vence dentro de días no hábiles o no laborable.
De no tener asidero el pedido de los consultores, se tomará la mejor decisión en el plazo razonable.
Se han reportado acciones por algunos medios de comunicación, que alteran y confunden a la población, pero ninguna de esa información esta revestida de legalidad o formalidad porque no ha sido expedida por ningún órgano del estado, OCI, Fiscalía, OSCE; lo que evidencia que estas informaciónes están siendo entregadas por algunos miembros involucrados en el proceso de licitación (miembros de la comisión o empresas participantes) que a como de lugar quieren ejecutar el proyecto, pero que en ningún momento compromete a la transparencia y buen accionar del alcalde en su vida.
AMENAZAS
El Gerente de Obras, comunicó verbalmente al alcalde, amenazas que le estaban haciendo, para que firme en uno u otro sentido. Ante ello tanto el Gerente Municipal como el alcalde, le recomendaron que realice la denuncia correspondiente ante los órganos competentes ( FISCALIA – PNP) y además le expresaron que al alcalde y gerente municipal también les había llegado un mensaje amenazándolos, pero que eso no podía intimidarlos para continuar con su labor, porque caso contrario ante cualquier amenaza paralizarían el trabajo y no se llegaría a ejecutar lo que se han propuesto como gestión municipal.
RENUNCIA
Con fecha 25 de marzo del 2025, el Gerente de Obras Ingeniero Jaime Chicoma, miembro titular del comité de licitación, emite su carta de renuncia a la Entidad alegando motivos personales y con eficacia anticipada de 15 días, el mismo que se hizo efectivo este último viernes 04 de abril. Sin que haya comunicado alguna dificultad, amenaza, atentado a su vida, o en el peor de los casos de alguna intimidación, coacción o presión por parte del alcalde, del Gerente Municipal o algún funcionario para que a como dé lugar haga ganar a algún consorcio o empresa participante. Su renuncia perjudica más los últimos actos que se viene realizando por tener la condición de miembro titular del Comité de selección.
INVOCACIÓN AL PUEBLO DE CALLANCAS
Ante los descrito y en honor a la verdad, el alcalde invoca a la población de San Pablo, así como a nuestros conciudadanos del Centro Poblado de Callancas, que no se dejen llevar por comentarios interesados y pagados, sino que esperen de su autoridad una decisión que se ajuste a Ley y que más tarde no perjudique al inicio del proyecto menos a su culminación. Lo que están esperando los revoltosos es que haya problemas sociales y éstos conlleven a decisiones drásticas de los organismos superiores que en el peor de los casos sería la anulación del proyecto, el mismo que por años se luchó.
Estamos plenamente sujetos a los requerimientos y disposiciones que nos hagan: El ministerio público, el órgano de control interno, el poder judicial así como la prensa sería y veraz, que no mancille honras, con la única finalidad de esclarecer estos acontecimientos.
El alcalde, bajo el principio de confianza, confía en el accionar de los funcionarios municipales, especialmente del Gerente Municipal a quienes ha contratado por tener los requisitos mínimos establecidos en ley, sino también y de manera especial por no contar con antecedentes penales, judiciales o policiales.