Local, Noticias — 28 julio, 2017

#CasoFidelFlores: ¿Por qué se le impuso la pena mínima de 6 años de cárcel al policía que disparó?

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En la sentencia 57 dictada contra el SO PNP Nórbil Gonzáles Silva se explica el criterio que tuvieron los jueces que así lo condenaron.

Cajamarca.- Muchos se han preguntado y han cuestionado el ¿Por qué se dictó el mínimo de 6 años de pena privativa de la libertad? al suboficial PNP Norbil Gonzales Silva, acusado de disparar un cartucho de perdigones contra el ciudadano Fidel Flores Vásquez, durante el mortal desalojo de su vivienda en octubre del 2014.

Según los fundamentos de la sentencia que íntegramente “Sin Rodeos” comparte con sus lectores el criterio que tuvieron los jueces estriba en que no se ha presentado ninguna circunstancia de agravación (reincidencia o habitualidad).

Los jueces consideran que debe imponerse el extremo mínimo de seis años (el máximo es de 20 años según el artículo 106 del código penal) porque el acusado es una persona joven, quien durante el proceso ha mostrado ánimo de colaboración y ha concurrido a todas las audiencias de juzgamiento, por lo que estiman no exista razón de imponerle una pena más alta, atendiendo a los fines de resocialización.

El documento judicial que hoy compartimos explica entre otros puntos la tipicidad del caso, precisando que el acusado disparó a una distancia “menor” que la permitida y a una zona prohibida del cuerpo, excediendo los límites establecidos para el uso de armas no letales, infringiendo con dolo una infracción de su rol especial como policía, para lo cual se considera deben estar sumamente capacitados y adiestrados.

A continuación, compartimos todo el contenido de la sentencia referida, para un mayor criterio de la opinión pública.


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