Noticias, Política — 31 octubre, 2025

JNE RESUELVE RECHAZANDO VACANCIA DE REGIDORES DE SAN MIGUEL

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El Jurado Nacional de Elecciones rechazó el pedido de vacancia contra los regidores del Concejo Provincial de San Miguel, promovido por el ciudadano Marcos Antonio Terrones Terrones, tras declarar infundada la apelación al carecer de sustento legal y probatorio.

La decisión del organismo electoral se oficializó luego de la Audiencia Pública del 28 de octubre de 2025, según consta en el Expediente N.º JNE.2024003728.

Los regidores fueron cuestionados supuestamente por haber asumido ingerencia administrativa en la adquisición de maquinaria, contravenido la ley al haber participado en una sesión y en ella aprobado la compra de maquinaria pesada.

La defensa de los regidores Carlos Wilfredo Sánchez Terrones, Bella Margarita Mendoza Bardales, Pedro Pablo Mejía Ortiz y Luz Angélica Quiroz Poma presentó sus alegados y sustentó en la vista de la causa, rechazando que sus patrocinados hayan ejercido funciones administrativas o ejecutivas.

El abogado Guillermo Díaz Palacios sustentó que dicho acto jurídico administrativo fue emitido únicamente por el órgano ejecutivo de alcaldía y asimismo el OSCE como ente supervisor de las contrataciones públicas, brindó el soporte y acompañamiento permanente del proceso de contratación de maquinaria pesada, validando las acciones administrativas y ejecutivas realizadas por parte de la entidad, no advirtiendo ningún hecho irregular o situación adversa contraria al marco legal aplicable.

En este caso el JNE, determinó que el apelante no presentó prueba instrumental alguna  que corrobore la existencia del Procedimiento de Contratación Directa para la Compra de Maquinaria Pesada, siendo una omisión inexcusable.

Se conoció también que el apelante impugnó un acuerdo municipal distinto al objeto del proceso de vacancia, incurriendo en un error procesal que restó validez a su recurso.

El Jurado consideró que no existía ninguna causal objetiva de vacancia conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.º 27972).

El del organismo electoral decidió rechazar el recurso y confirmar el acuerdo de concejo, destacando la solidez de la defensa escrita y oral presentada por el abogado Díaz Palacios.

 


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