Nacional, Noticias — 10 octubre, 2024

LA POLICÍA INVESTIGARÁ LOS HECHOS DELICTIVOS BAJO LA CONDUCCIÓN JURÍDICA DE FISCAL

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Publican ley que modifica Código Procesal Penal para fortalecer investigación del delito como función de la PNP y agilizar procesos penales.

El Poder Ejecutivo promulgó, hoy 10 de octubre, la Ley 32130, aprobada por el Congreso de la República, que modifica el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función de la Policía Nacional del Perú (PNP) y agilizar los procesos penales.

La citada norma indica que el Ministerio Público asumirá la conducción jurídica de la investigación, lo que a su vez implica la orientación legal de las acciones que realiza la PNP para obtener los elementos de prueba o indicios necesarios para la indagación.

Ello se realizará garantizando el respeto de los derechos procesales de las personas, precisa el dispositivo, publicado hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, y que modifica más de 30 artículos del Código Procesal Penal.

Con dicha modificación, corresponderá al fiscal decidir la estrategia jurídica, y a la PNP la estrategia operativa en la investigación del delito; para lo cual programarán y coordinarán las pautas, técnicas y medios indispensables para la eficacia de la misma.

De esta manera, el Ministerio Público, como titular del ejercicio público de la acción penal en los delitos, tiene el deber de la carga de la prueba y está obligado a actuar con objetividad, indagando por intermedio de la PNP los hechos constitutivos del delito.

Investigación preliminar

La modificación también señala que la PNP, bajo la conducción jurídica del fiscal, tendrá a su cargo la investigación preliminar del delito y, en tal sentido, hará las diligencias que correspondan a sus competencias, de conformidad con sus leyes y reglamentos.

Esto permitirá, en caso de delito flagrante o de existir detenido, el inicio de la investigación preliminar en un máximo de 24 horas, en los casos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo, sicariato, extorsión, secuestro, feminicidio y criminalidad organizada.

De no existir detenido ni flagrancia, y en otro tipo de delitos, el plazo máximo será de 48 horas, a fin de indagar por intermedio de la PNP las circunstancias para comprobar la imputación y lo que sirvan para eximir o atenuar la responsabilidad del imputado.

Además, la PNP deberá tomar conocimiento de los delitos y comunicar inmediatamente al fiscal, debiendo realizar las diligencias de investigación urgentes o inaplazables, que formarán parte de las diligencias preliminares y de la carpeta fiscal.

La norma es clara en precisar que los policías que realicen funciones de investigación están obligados a comunicar al Ministerio Público sobre las diligencias preliminares realizadas, así como apoyarlo para llevar a cabo la indagación preparatoria formalizada.

Como parte de esa función de investigación, la PNP puede recibir la manifestación de los presuntos autores o partícipes de delitos, con presencia del abogado defensor, debiéndose registrar las declaraciones en dispositivos o equipos audiovisuales.

Labor pericial

En tanto, la labor pericial que corresponda se encomendará, sin necesidad de designación expresa, a la Dirección de Criminalística de la PNP o a sus oficinas descentralizadas a nivel nacional, o a otros organismos especializados del Estado.

Los exámenes o pericias criminalísticas oficiales de toda investigación también son realizados por la Dirección de Criminalística de la PNP, se menciona en la norma.

Investigación preparatoria

En cuanto a la investigación preparatoria, esta se divide en dos subetapas: la investigación preliminar realizada por la PNP, con la conducción jurídica fiscal; y la investigación preparatoria formalizada por el fiscal, con apoyo en la indagación policial.

De acuerdo con la norma, el fiscal dispondrá que la PNP realice las diligencias de investigación que considere pertinentes y útiles, dentro de los límites de la ley.

La norma que establece estas modificaciones lleva las firmas de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y del Premier Gustavo Adrianzén así como del presidente del Congreso, Eduardo Salhuana; y de su vicepresidenta Patricia Juárez.


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