Comenzó a regir la Ordenanza Municipal N° 488-CMPC que establece el beneficio extraordinario de condonación y exoneración de multas y derechos por depósito municipal a los propietarios de los vehículos internados en el depósito municipal.
La Ordenanza entró en vigencia el 26 de marzo, un día después de su publicación en el diario judicial.
Los beneficios que contempla esta Ordenanza se aplican solo para los vehículos que estén internados más de 180 días en el depósito municipal.
Entre las disposiciones que contempla la norma se encuentran, la condonación del 50% de las multas por infracciones al Reglamento de Administración de Transporte, al Reglamento Nacional de Tránsito y a la Ordenanza Municipal 262-CMPC.
Exoneración del 90% del pago que se haya generado por los derechos de depósito municipal de vehículos desde su internamiento hasta la vigencia de esta norma.
Para acceder a estos beneficios el dueño del vehículo debe presentar una solicitud dirigida al Gerente de Vialidad y Transporte pidiendo acogerse a los beneficios antes mencionados, además deberá presentar la copia de la tarjeta de propiedad del vehículo, la liquidación de derechos por depósito municipal, la constancia de pago del 50% restante de la multa, la constancia del pago del 10% restante por derechos de depósito y la copia de su DNI.
Una vez realizaos los trámites antes señalados, la Gerencia de Vialidad y Transporte a través de la Subgerencia de Regulación de Operaciones del Transporte, emitirá la Resolución correspondiente mediante la cual se ordene la salida del vehículo.
Cabe indicar que los beneficios no implican la compensación ni devolución de los pagos realizados antes de la vigencia de la norma.