Nacional, Noticias — 9 octubre, 2025

PLENO DEL CONGRESO ABRUMADORAMENTE ADMITE MOCIONES DE VACANCIA DE PRESIDENTA DINA BALUARTE

Por

Congresistas también decidieron someter el proceso de vacancia manera inmediata y citan a la presidenta a partir de las 11:30 p.m.

Lima.- El pleno del congreso de la república con voto abrumador decidió admitir las cuatro mociones de vacancia de la presidenta Dina Boluarte, debidamente sustentadas y también optó – conforme al reglamento – adelantar el proceso de vacancia para las 11:30 p.m. con citación de la mandataria.

Todo el país se mantiene a la expectativa que una vez más un jefe de estado sea vacado, debido a que congresistas de siete bancadas presentaron este jueves 9, cuatro mociones que proponen declarar la permanente incapacidad moral de la presidenta de la república, Dina Ercilia Boluarte Zegarra, según lo previsto en el artículo 113.2 de la Constitución Política del Perú.

Entre los motivos expuestos en esta moción de vacancia presidencial están las denuncias sobre graves acusaciones de corrupción, el supuesto abandono de cargo (viajes con ley a medida), presuntos delitos de negociación incompatible y abandono de cargo por intervenciones estéticas, su incapacidad para la gestión, en especial en el tema de la inseguridad ciudadana, entre otros.

Las mociones coiciden en señalar en declarar la permanente incapacidad moral de la presidenta de la república, señora Dina Ercilia Boluarte Zegarra, según lo previsto en el artículo 113.2 de la Constitución Política del Perú”.

El artículo 2 dice que “declárese la vacancia de la Presidencia de la República y, en consecuencia, la aplicación del artículo 5 de la Constitución Política del Perú que regula la sucesión presidencial»

PROCEDIMIENTO

El procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la República, por la causal prevista en el inciso 2) del artículo 113 de la Constitución está establecido en el artículo 89-A del Reglamento del Congreso.

El inciso a) señala que esta “tiene preferencia en el Orden del Día y es vista antes que cualquier otra moción pendiente en la agenda. Recibido el pedido, copia del mismo se remite, a la mayor brevedad, al Presidente de la República».

Además, señala que “para la admisión del pedido de vacancia se requiere el voto de por lo menos el cuarenta por ciento de Congresistas hábiles. La votación se efectúa indefectiblemente en la siguiente sesión a aquella en que se dio cuenta de la moción”.

El inciso c) refiere que “el Pleno del Congreso acuerda día y hora para el debate y votación del pedido de vacancia, sesión que no puede realizarse antes del tercer día siguiente a la votación de la admisión del pedido ni después del décimo, salvo que cuatro quintas partes del número legal de Congresistas acuerden un plazo menor o su debate y votación inmediata. Si fuera necesario se cita, para este efecto, a una sesión especial. El Presidente de la República cuya vacancia es materia del pedido puede ejercer personalmente su derecho de defensa o ser asistido por letrado, hasta por sesenta minutos”.


    Comparte y dale me gusta:
    Facebook Twitter Delicious

    ¡Déjanos un comentario!

    Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

    ADVERTENCIA!. Aquí promovemos una opinión pública constructiva y responsable, y censuramos todo lenguaje que atente contra la moral, las leyes y la buena costumbre; por ello rogamos no utilizar un mensaje violento, amenazante, instigador, insultante, difamatorio, calumnioso, injurioso, falso y discriminatorio.